El artículo 20 de la Constitución Española recoge el derecho a la información respetando los principios de objetividad, veracidad e imparcialidad de las informaciones; la libertad de expresión, el pluralismo político, cultural, religioso y social. La separación entre informaciones y opiniones, la identificación de quienes sustenten estas últimas y su libre expresión. Estos mismos derechos se recogen en el art. 13 de la Ley 13/1984 de creación, organización y control parlamentario del Ente Público Radiotelevisión Madrid.
El actual escenario audiovisual no debe servir de justificación para entregar a grupos políticos y empresariales privados un servicio público de gran valor social, ya que si eso ocurriera se pondría en peligro el cumplimiento del derecho a la información que recoge la Constitución.
Las obligaciones de la RTV Pública están claras y asumidas en el conjunto de Europa: defender los valores de pluralidad, cohesión social, diversidad cultural, independencia y la calidad en los contenidos. La RTV Pública debe tratar a sus espectadores y usuarios como ciudadanos y no como audiencias, porque el público no es una mercancía. Por tanto la RTV no puede considerarse una actividad económica más, sino que hay que ponerla en valor como herramienta fundamental en las garantías del sistema democrático.
Consideramos que una RTV Pública al servicio de los ciudadanos madrileños es fundamental para la salud democrática y el desarrollo de la Comunidad de Madrid. Quienes abajo firman, movimientos sociales, organizaciones no gubernamentales, vecinales y sociales, sindicatos, fundaciones, representantes de partidos políticos y demás entidades relacionadas, hacen público ante la ciudadanía de la Comunidad de Madrid su compromiso por el mantenimiento de una Radio Televisión Pública al servicio de los madrileños plasmado en la creación de una Ley Audiovisual de la Comunidad de Madrid que recoja los siguientes puntos:
1. Garantizar el carácter de servicio público esencial de la RTV Pública Madrileña impidiendo taxativamente su privatización.
2. La consideración del espacio radioeléctrico como espacio público objeto de preservación por parte de la Administración Pública.
3. Creación del Consejo Audiovisual de Madrid, como garante de una regulación independiente del sector.
4. Dotar al EPRTVM de financiación estable y suficiente que garantice su viabilidad y le libere del endeudamiento permanente.
5. El Consejo de Administración o el órgano que controle el funcionamiento del EPRTVM debe evitar las mayorías absolutas de un partido político. Deberán incluirse en su composición representantes de la sociedad y de los trabajadores
6. El Director General será elegido por el Consejo de Administración u órgano regulador del EPRTVM por una mayoría de dos tercios de sus miembros. Su mandato no podrá coincidir con el periodo legislativo de la Comunidad de Madrid.
7. Creación de un Consejo Profesional de Informativos que velará por la objetividad, veracidad, imparcialidad y pluralidad de la información.
8. La protección del Archivo Audiovisual de RTVM estableciendo su propiedad pública autonómica perpetua y el libre acceso de los ciudadanos al mismo.
9. Asegurar la participación e interacción de los ciudadanos tanto en una adecuada cuota de la programación como en la defensa de sus derechos como audiencia.
10. Creación de un portal de transparencia de gastos e ingresos que permita conocer cómo y en que se gasta el presupuesto del EPRTVM incluyendo los contratos con empresas privadas y las retribuciones de los directivos y altos cargos del EPRTVM. El número de directivos y retribuciones deberán reducirse sustancialmente.
11. Se fijará un porcentaje significativo de producción interna de la programación emitida que recupere la capacidad productiva del EPRTVM.
12. Una programación que racionalice el gasto, dando prioridad al Servicio Público, y que garantice el acceso universal a la cultura, la información y el entretenimiento a los ciudadanos madrileños en un nuevo entorno digital.
Además de todos estos puntos es de justicia revertir la situación provocada por el ERE no ajustado a derecho realizado en el EPRTVM según reconocen las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Madrid y el Tribunal Supremo; y facilitar la reincorporación de la plantilla despedida para garantizar la prestación del servicio público de la RTV Madrileña.